La industria de exportación, como parte de su batalla en curso contra la pandemia actual y las tendencias globales, se enfrenta a un nuevo obstáculo regulatorio. Este punto ciego, 6 AMLD, una directiva de la UE que afecta no solo a las industrias financiera y bancaria, sino también a la industria de exportación en su conjunto.
6 AMLD dicta que se necesita una debida diligencia mejorada en las industrias de alto riesgo, como la industria de exportación. Es posible deducir que 6 AMLD crea un nuevo marco regulatorio, en el que se necesita una mayor diligencia debida al evaluar el cumplimiento, tanto a nivel bancario en lo que respecta a cartas de crédito y conocimientos de embarque.
Las empresas de carga, los institutos de exportación e incluso la industria bancaria clásica deben tener esto en cuenta a la hora de aceptar o emitir documentación a los equipos de cumplimiento de los bancos y, en ciertos casos, a las instituciones de dinero electrónico (en adelante, EMI).
La documentación típica que se necesita en los casos de cartas de crédito, que se liberan en el comercio de carga, como son las certificaciones de la mercancía, el juego completo de conocimiento de embarque, el contrato de compraventa (SPA) y el seguro. Sin embargo, estos documentos no solo deben ser revisados por los equipos de cumplimiento, hasta cinco días hábiles una vez recibidos, y en muchos casos los equipos de cumplimiento no pueden mantenerse al día con los estándares UCP 600. Además, las nuevas condiciones regulatorias de OFAC y 6AMLD han establecido un nuevo estándar regulatorio que ha elevado el nivel de cumplimiento para la detección de fraudes y actividades ALD.
El método más beneficioso para permitir la incorporación de empresas exportadoras y sus respectivas cartas de crédito será mantener un equipo de cumplimiento sólido y sólido, que esté consciente y capacitado para las nuevas condiciones de 6 AMLD y OFAC para facilitar la incorporación. proceso de embarque.
Es en estos tiempos que las empresas exportadoras deben prestar especial atención al ALD y al cumplimiento de las exportaciones. 6 AMLD, que implica la inclusión en listas negras y el cese de actividades en la UE, en casos de incumplimiento. El nuevo marco regulatorio de la UE para la prevención del blanqueo de capitales, 6AMLD, no solo reflejará e impactará en las esferas financieras, sino que afectará al ámbito de las exportaciones, la defensa, el arte y los servicios corporativos en su conjunto.
A continuación, se recomienda que los bancos y los IME que trabajan con cartas de crédito y conocimientos de embarque se adhieran al nuevo marco regulatorio de la UE para el blanqueo de capitales, a fin de evitar la inclusión en listas negras y el incumplimiento del marco mejorado.
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Ella Rosenberg, LLM, Instructora en Jefe, coordinadora del programa.
Consultora Reguladora de Derecho de la UE. Experto en industrias de alto riesgo en Israel y Europa. Ella tiene un LLB en Derecho de la UE de la Facultad de Derecho Europea de la Universidad de Maastricht y un LLM en Derecho Comercial y de Sociedades de la Escuela de Derecho Erasmus de la Universidad Erasmus de Rotterdam. Experto en AML en la industria de criptomonedas, industria de defensa, Blockchain, IA, regulación de drones, marco regulatorio de armas de fuego de la UE, industria del arte, investigaciones financieras, Cannabis y tokenización de logística marítima. Experiencia en Acuerdos de Comercio Exterior de la UE e Israel, acuerdos ADPIC y GATT, Derecho de la OMC y Política Legal de la UE.